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Página:Defensa de la Internacional - Parte 1 (26-10-71), Nicolás Salmerón.pdf/3
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>efectivo la esencia que ha de realizarse y producirse en la vida? ¿No comprendeis que mientras el derecho es absoluto en la naturaleza racional humana, el poder es de suyo esencialmente limitado al fin y å la funcion particular á que se consagra y en que se determina? ¿Pues quién de vosotros puede pensar, si ese punto reflexiona, que el Estado tiene derechos primarios, cuando á sus funciones solo corresponden los derechos secundarios nacidos de la representacion determinada por la soberanía nacional, mediante el sufragio? En cambio, el derecho, en sí mismo absoluto, no pende del poder legislativo, el cual solo puede declararlo y consagrarlo, porque su fundamento, su principio está en la naturaleza racional del hombre. Pero sobre este punto, yo habré de volver más tarde. Básteme ahora lo dicho para mostraros como no era una exageracion mia el pensar que el Sr. Ministro de la Gobernacion ignoraba de todo punto el sentido íntimo del art. 17 de la Constitucion, y confundia de una manera lastimosa para el derecho, y para S. S. verdaderamente lamentable, el derecho reconocido por la Constitucion en el ciudadano, con el poder que se da y otorga mediante representacion al Estado para que venga á garantizar y á consagrar de un modo verdaderamente inviolable el derecho mismo préviamente reconocido.
Otra razon abonaba el voto de censura. Habíase reconocido con una ligereza verdaderamente incalificable, que en un hombre de Estado que sabe cuál es la esfera de sus atribuciones es apenas concebible, que estaba la ''Internacional'' fuera de la Constitucion y dentro del Código. ¿Quién era el Sr. Ministro de la Gobernacion, miembro del poder ejecutivo, para hacer declaraciones semejantes, violando así de plano la sagrada independencia de la administracion de justicia, declarada poder por la Constitucion del Estado? ¿Tan ignorante es el Sr. Ministro de la Gobernacion de los principios... (''Murmullos'') tan ignorante... (''Interrupciones''.)
El Sr. '''VICEPRESIDENTE''' (Becerra): Orden, señores Diputados.
El Sr. '''SALMERON''': Tan ignorante, repito... (''Nuevos murmullos''.) Quien no conoce la organizacion de los poderes del Estado establecidos por nuestra Constitucion, es un ignorante, y el Diputado que esto dice está en la plenitud de su derecho; y vosotros, al interrumpirle, no sois más que una ''guardia negra''. (''Momentos de confusion''.)
El Sr. '''MALUQUER''': La guardia negra será S. S.
El Sr. '''VICEPRESIDENTE''' (Becerra): Orden, señores Diputados.
El Sr. '''SALMERON''': Yo no soy guardia negra de nadie; es guardia negra el que desconoce el derecho y niega la inviolabilidad del Diputado para juzgar de la conducta de un Ministro; y el que pide su cumplimiento es un hombre digno ante quien vosotros, los que así procedeis, debeis doblar la cerviz.
Repito, Sres. Diputados, porque palabra que pienso no la retiro, repito que es necesario ser ignorante para no reconocer que cuando en la Constitucion del Estado se establecen tres poderes distintos, si alguno de ellos pretende traspasar el limite por la Constitucion establecido y penetrar en las atribuciones peculiares del otro, comete una infraccion de la Constitucion, declarada, no ya meramente en las opiniones, sino en el sentido para la práctica y para la conducta del Gobierno. Y cuando por desgracia el poder judicial, por cuya independencia todos venimos suspirando en vano largos años há, no tiene entre nosotros todo aquel prestigio, toda aquella fuerza que há menester para amparar el derecho del ciudadano, para enfrenar los excesos del poder, principalmente del poder ejecutivo, una declaracion hecha por un Ministro, de que la ''Internacional'' está dentro del Código, es tanto como decir á los tribunales de justicia: «castigadla; yo que represento la unidad del poder, yo que hablo en nombre del poder más alto que en el Estado se reconoce, mando que la castigueis, porque ha cometido delitos condenados en el Código penal.»
Pues qué, ¿no os habeis lamentado de la falta de independencia en el poder judicial? ¿No la ha declarado pocos dias há el mismo Sr. Ministro de Gracia y Justicia? ¿No la han confirmado Diputados de diversas fracciones de la Cámara, y recientemente los Sres. Poveda y Figueras?
En tal situacion, no era solo atentatorio á la independencia del poder judicial, sino profundamente inconveniente, que el Sr. Ministro de la Gobernacion se permitiera afirmar que la internacional está condenada por el Código, y que debia, por tanto, sin necesidad de una nueva ley, ser perseguida hasta el exterminio.
Cuando esto decia el Sr. Ministro de la Gobernacion, traspasando los límites del Poder ejecutivo, estaba yo en mi pleno derecho para denunciarlo ante vosotros y para que decidiérais con vuestro fallo que ese Ministerio no podia seguir rigiendo los destinos del país, porque no entendia conforme en la Constitucion están determinados los límites del Poder ejecutivo y la plena independencia del Poder judicial.
Tales eran, Sres. Diputados, los motivos en que yo fundaba el voto de censura.
Un accidente para mí sensible, la falta de salud, que acaso no me permita todavía exponer lo que pienso en descargo legítimo de mi conciencia, me impidió apoyar aquel voto de censura; y mi respetable amigo el Sr. Figueras, uno de los que conmigo lo firmaban, creyó oportuno retirarlo ante las nuevas declaraciones del Sr. Ministro de la Gobernacion. Pero yo debo al Congreso, yo debo al país la declaracion de que lo que en él decia lo afirmo y lo sostengo como antes, con una razon más, que la conducta posterior del Sr. Ministro me ha ofrecido, á saber: que S. S. no sabia lo que en aquel primer dia dijo ó lo que ha dicho despues, viviendo en una completa contradiccion que así podia llevarle á violar la esfera sagrada del Poder judicial, como á destruir acaso por una circular, segun en otros tiempos se hizo, los derechos individuales.
Claro es, Sres. Diputados, que la cuestion con que yo he de ocupar vuestra atencion si me dispensais vuestra benevolencia por algun tiempo, es en realidad la misma que hubiera planteado si hubiera tenido la dicha de apoyar el voto de censura. La cuestion en realidad no ha cambiado; los términos de ella son los mismos; ha cambiado solo la situacion. Y digo que ha cambiado solo la situacion, no porque quizá no viniera ya indicada en esta suave y al principio latente inclinacion que en la política se viene señalando, sino porque de tal manera se acentúa y marca ya la tendencia que este Ministerio ha venido á representar, que podemos decir, no solo como afirmaba el Sr. Rodriguez, que vamos en vías de reaccion, sino que estamos en una reaccion cabal y completa.
Es evidente, Sres. Diputados, que se viene produciendo en la política española desde el comienzo de esta legislatura una evolucion verdaderamente notable. Habia una fraccion importantísima del partido conser-<noinclude></noinclude>
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Otra razon abonaba el voto de censura. Habíase reconocido con una ligereza verdaderamente incalificable, que en un hombre de Estado que sabe cuál es la esfera de sus atribuciones es apenas concebible, que estaba la ''Internacional'' fuera de la Constitucion y dentro del Código. ¿Quién era el Sr. Ministro de la Gobernacion, miembro del poder ejecutivo, para hacer declaraciones semejantes, violando así de plano la sagrada independencia de la administracion de justicia, declarada poder por la Constitucion del Estado? ¿Tan ignorante es el Sr. Ministro de la Gobernacion de los principios... (''Murmullos'') tan ignorante... (''Interrupciones''.)
El Sr. '''VICEPRESIDENTE''' (Becerra): Orden, señores Diputados.
El Sr. '''SALMERON''': Tan ignorante, repito... (''Nuevos murmullos''.) Quien no conoce la organizacion de los poderes del Estado establecidos por nuestra Constitucion, es un ignorante, y el Diputado que esto dice está en la plenitud de su derecho; y vosotros, al interrumpirle, no sois más que una ''guardia negra''. (''Momentos de confusion''.)
El Sr. '''MALUQUER''': La guardia negra será S. S.
El Sr. '''VICEPRESIDENTE''' (Becerra): Orden, señores Diputados.
El Sr. '''SALMERON''': Yo no soy guardia negra de nadie; es guardia negra el que desconoce el derecho y niega la inviolabilidad del Diputado para juzgar de la conducta de un Ministro; y el que pide su cumplimiento es un hombre digno ante quien vosotros, los que así procedeis, debeis doblar la cerviz.
Repito, Sres. Diputados, porque palabra que pienso no la retiro, repito que es necesario ser ignorante para no reconocer que cuando en la Constitucion del Estado se establecen tres poderes distintos, si alguno de ellos pretende traspasar el limite por la Constitucion establecido y penetrar en las atribuciones peculiares del otro, comete una infraccion de la Constitucion, declarada, no ya meramente en las opiniones, sino en el sentido para la práctica y para la conducta del Gobierno. Y cuando por desgracia el poder judicial, por cuya independencia todos venimos suspirando en vano largos años há, no tiene entre nosotros todo aquel prestigio, toda aquella fuerza que há menester para amparar el derecho del ciudadano, para enfrenar los excesos del poder, principalmente del poder ejecutivo, una declaracion hecha por un Ministro, de que la ''Internacional'' está dentro del Código, es tanto como decir á los tribunales de justicia: «castigadla; yo que represento la unidad del poder, yo que hablo en nombre del poder más alto que en el Estado se reconoce, mando que la castigueis, porque ha cometido delitos condenados en el Código penal.»
Pues qué, ¿no os habeis lamentado de la falta de independencia en el poder judicial? ¿No la ha declarado pocos dias há el mismo Sr. Ministro de Gracia y Justicia? ¿No la han confirmado Diputados de diversas fracciones de la Cámara, y recientemente los Sres. Poveda y Figueras?
En tal situacion, no era solo atentatorio á la independencia del poder judicial, sino profundamente inconveniente, que el Sr. Ministro de la Gobernacion se permitiera afirmar que la ''Internacional'' está condenada por el Código, y que debia, por tanto, sin necesidad de una nueva ley, ser perseguida hasta el exterminio.
Cuando esto decia el Sr. Ministro de la Gobernacion, traspasando los límites del Poder ejecutivo, estaba yo en mi pleno derecho para denunciarlo ante vosotros y para que decidiérais con vuestro fallo que ese Ministerio no podia seguir rigiendo los destinos del país, porque no entendia conforme en la Constitucion están determinados los límites del Poder ejecutivo y la plena independencia del Poder judicial.
Tales eran, Sres. Diputados, los motivos en que yo fundaba el voto de censura.
Un accidente para mí sensible, la falta de salud, que acaso no me permita todavía exponer lo que pienso en descargo legítimo de mi conciencia, me impidió apoyar aquel voto de censura; y mi respetable amigo el Sr. Figueras, uno de los que conmigo lo firmaban, creyó oportuno retirarlo ante las nuevas declaraciones del Sr. Ministro de la Gobernacion. Pero yo debo al Congreso, yo debo al país la declaracion de que lo que en él decia lo afirmo y lo sostengo como antes, con una razon más, que la conducta posterior del Sr. Ministro me ha ofrecido, á saber: que S. S. no sabia lo que en aquel primer dia dijo ó lo que ha dicho despues, viviendo en una completa contradiccion que así podia llevarle á violar la esfera sagrada del Poder judicial, como á destruir acaso por una circular, segun en otros tiempos se hizo, los derechos individuales.
Claro es, Sres. Diputados, que la cuestion con que yo he de ocupar vuestra atencion si me dispensais vuestra benevolencia por algun tiempo, es en realidad la misma que hubiera planteado si hubiera tenido la dicha de apoyar el voto de censura. La cuestion en realidad no ha cambiado; los términos de ella son los mismos; ha cambiado solo la situacion. Y digo que ha cambiado solo la situacion, no porque quizá no viniera ya indicada en esta suave y al principio latente inclinacion que en la política se viene señalando, sino porque de tal manera se acentúa y marca ya la tendencia que este Ministerio ha venido á representar, que podemos decir, no solo como afirmaba el Sr. Rodriguez, que vamos en vías de reaccion, sino que estamos en una reaccion cabal y completa.
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pretendido fundador de una dinastía, para lo cual pasaron ya los tiempos; y comprendiendo que para combatir el título I de la Constitucion era necesario imponer un Príncipe que tuviera otra representacion, otras tradiciones, que llevara, en fin, la enseña del antiguo régimen; al ver que en la embriogenia de los partidos
gubernamentales, no bien deslindados aún los campos, se ha separado de los radicales una parcialidad que yo entiendo exigua, más que por el número, por su representacion, por sus ideas, se ha apercibido aquella experta fraccion conservadora de que un nuevo y más llano camino se abria á su política, de la cual estaba ganoso de dar muestras señaladas el Gobierno que ha venido á sustituir al Ministerio radical en hombros de los carlistas, y ha dicho para sí: «no necesitamos ya buscar un Príncipe que represente nuestras tendencias, lo tenemos en casa; no necesitamos trastornar, esta sociedad, no hemos de provocar una nueva revolucion, no hemos de
acudir al ejército que tantos motines ha hecho, para que haga una restauracion más; suavemente, por el plano inclinado que el actual Ministerio nos ofrece, nosotros somos los que podemos, los que hemos de venir á representar dentro de esta Monarquía (que ''dinastía'' jamás), el sentido, el espíritu conservador, salvando
el riesgo á que otros medios nos expondrian de ser pasados por ojo en una nueva tormenta revolucionaria, á cuyo término apareciera como iris de paz la república.»
Y así se ve, señores, con ocasion de este debate, el singular fenómeno de que un solo progresista histórico lleve la voz del Gobierno con las aspiraciones y el sentido y la manera que habeis visto esta tarde, y que dos unionistas de alta significacion, de gran talento y de profundas ideas, cuya inspiracion busca sin duda el Ministerio actual, los Sres. Moreno Nieto y Cánovas, sean los encargados de defender su política en esta cuestion de tan capital trascendencia. ¿No os dice esto, señores, que toda la política que el actual Gabinete representa, va gravitando con peso irresistible hácia el Sr. Cánovas, el cual ha debido encontrar una esperanza más inmediata y accesible que el Príncipe Alfonso para sus ideas conservadoras, tenazmente hostiles al título I de la Constitucion? Pero hay otra cosa aun más digna de notarse en esta evolucion, que ya no es latente, sino palpable, y de la cual resulta que al estrechar el Sr. Ministro de la Gobernacion la mano al Sr. Cánovas, dándole las gracias por ser el patrono de su política y encargado de llevar la voz en turno de preferencia, ofrece el respetuoso homenage de los progresistas históricos al más fiel representante del espíritu doctrinario, que ha renegado siempre hasta ahora de la Constitucion de 1869. ¿Podrá mantener así su consecuencia el Sr. Ministro de la Gobernacion? Yo по lo sé; lo juzgará el país, porque el fallo de las Córtes en este punto, como de partido tomado ya, no sé si inspira toda la plena confianza que para juzgar las tendencias del Gobierno se necesita.
El hecho más trascendental á que me refiero es el obstáculo que consciente ó inconscientemente oponen con su evolucion los progresistas históricos, que nunca tuvieron la dicha de ser bastante hábiles para afirmar la libertad, y siempre tuvieron la desgracia de perderla por sus disensiones á la constitucion del partido radical de un lado, pretendiendo desmembrarlo, y del partido conservador de otro, usurpándole el criterio de su política Hé abí el movimiento, verdaderamente grave en este sentido, representado por el actual Presidente de la Cámara, que, con la diferencia propia del progreso de los tiempos, es cuanto semejante cabe con el del centro parlamentario que enjendró la union liberal.
La union liberal, y en esto coincido de todo punto con el sentido de los Sres. Nocedal y Estéban Collantes, la union liberal fué quien, moralmente primero, como materialmente despues, precipitó con torpe egoismo é ingratitud insigne la ruina del Trono y de la dinastía de Doña Isabel II de Borbon. Y la precipitó moralmente, porque en la hora en que apareció, arrastrada por la codicia del mando, impidió que se consumara la obra de aquellas Constituyentes y que se formaran los dos partidos, el radical y el conservador, indispensables para la ponderacion y el equilibrio de las Monarquías constitucionales, aspirando á vincular en sí el poder con la proscripcion de los progresistas y con la relegacion de los moderados, é impeliendo al partido liberal con la ciega fuerza de los obstáculos tradicionales á salirse de la legalidad existente y á buscar por la conspiracion el derecho y el poder que por medios de paz se le hicieron inasequibles.
Pues cosa análoga representa el Sr. Sagasta, y de semejante peligro está amenazada la actual Monarquía si se llega á constituir ese partido ''neutro'', sin sentido, sin aspiraciones propias, que toma su nombre al partido radical, y sus ideas al partido conservador. Y si no llegan á formarse los dos partidos que el régimen constitucional exige, quedará verdaderamente en el aire, y no tardará en precipitarse al abismo abierto, por las fuerzas democráticas del siglo, á todos los poderes permanentes é inamovibles, la dinastía que habeis levantado más parece en vuestra pró y codicia de imperio que en bien y prosperidad de la Pátria.
A los extremos de esta situacion politica, Sres. Diputados, se hallan dos partidos: el tradicionalista y el republicano, á que yo tengo la honra de pertenecer. Aquel os dice: «mirad que no teneis ideal para la vida, que careceis de principios morales que sirvan de freno á las pasiones políticas y de norte á las aspiraciones sociales; reparad que la virtud ética del derecho se ha perdido, y es en balde que la busqueis con el solo auxilio de la razon: ved que teneis á la mano, y esculpida en letras divinas, la ley de salvacion, y que solo necesitais un sencillo y natural impulso, más que de la cabeza, del corazon, para redimiros de todos los males y librar del satánico maleficio del liberalismo á la sociedad presente, que, en suma, habeis de optar entre el antiguo régimen y la demagogia, ó como gráficamente se ha dicho, entre D. Cárlos y el petróleo.»
Si estas palabras con que terminaba su discurso el Sr. Nocedal, no pasan de ser una figura que ni esperanza presta ni temor inspira á una generacion revolucionaria, el sentido que en sus afirmaciones envolvia revelaba, sin duda, que la interna virtud ética del ideal antiguo no anima ya á la sociedad presente, que otro rumbo sigue y á otros principios obedece en su vida.
Del lado acá del antiguo régimen, y marcando el derrotero del movimiento revolucionario, nosotros os decimos: «mirad; el viejo ideal se derrumba, los síntomas que ofrecia, no solo son de muerte, sino, en parte, de corrupcion; y es en balde que volvais la vista atrás para dirigir la vida que sigue indefectiblemente la ley del progreso; solo inspirándoos en los principios funda-<noinclude></noinclude>
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pretendido fundador de una dinastía, para lo cual pasaron ya los tiempos; y comprendiendo que para combatir el título I de la Constitucion era necesario imponer un Príncipe que tuviera otra representacion, otras tradiciones, que llevara, en fin, la enseña del antiguo régimen; al ver que en la embriogenia de los partidos
gubernamentales, no bien deslindados aún los campos, se ha separado de los radicales una parcialidad que yo entiendo exigua, más que por el número, por su representacion, por sus ideas, se ha apercibido aquella experta fraccion conservadora de que un nuevo y más llano camino se abria á su política, de la cual estaba ganoso de dar muestras señaladas el Gobierno que ha venido á sustituir al Ministerio radical en hombros de los carlistas, y ha dicho para sí: «no necesitamos ya buscar un Príncipe que represente nuestras tendencias, lo tenemos en casa; no necesitamos trastornar, esta sociedad, no hemos de provocar una nueva revolucion, no hemos de
acudir al ejército que tantos motines ha hecho, para que haga una restauracion más; suavemente, por el plano inclinado que el actual Ministerio nos ofrece, nosotros somos los que podemos, los que hemos de venir á representar dentro de esta Monarquía (que ''dinastía'' jamás), el sentido, el espíritu conservador, salvando
el riesgo á que otros medios nos expondrian de ser pasados por ojo en una nueva tormenta revolucionaria, á cuyo término apareciera como iris de paz la república.»
Y así se ve, señores, con ocasion de este debate, el singular fenómeno de que un solo progresista histórico lleve la voz del Gobierno con las aspiraciones y el sentido y la manera que habeis visto esta tarde, y que dos unionistas de alta significacion, de gran talento y de profundas ideas, cuya inspiracion busca sin duda el Ministerio actual, los Sres. Moreno Nieto y Cánovas, sean los encargados de defender su política en esta cuestion de tan capital trascendencia. ¿No os dice esto, señores, que toda la política que el actual Gabinete representa, va gravitando con peso irresistible hácia el Sr. Cánovas, el cual ha debido encontrar una esperanza más inmediata y accesible que el Príncipe Alfonso para sus ideas conservadoras, tenazmente hostiles al título I de la Constitucion? Pero hay otra cosa aun más digna de notarse en esta evolucion, que ya no es latente, sino palpable, y de la cual resulta que al estrechar el Sr. Ministro de la Gobernacion la mano al Sr. Cánovas, dándole las gracias por ser el patrono de su política y encargado de llevar la voz en turno de preferencia, ofrece el respetuoso homenage de los progresistas históricos al más fiel representante del espíritu doctrinario, que ha renegado siempre hasta ahora de la Constitucion de 1869. ¿Podrá mantener así su consecuencia el Sr. Ministro de la Gobernacion? Yo nо lo sé; lo juzgará el país, porque el fallo de las Córtes en este punto, como de partido tomado ya, no sé si inspira toda la plena confianza que para juzgar las tendencias del Gobierno se necesita.
El hecho más trascendental á que me refiero es el obstáculo que consciente ó inconscientemente oponen con su evolucion los progresistas históricos, que nunca tuvieron la dicha de ser bastante hábiles para afirmar la libertad, y siempre tuvieron la desgracia de perderla por sus disensiones á la constitucion del partido radical de un lado, pretendiendo desmembrarlo, y del partido conservador de otro, usurpándole el criterio de su política Hé abí el movimiento, verdaderamente grave en este sentido, representado por el actual Presidente de la Cámara, que, con la diferencia propia del progreso de los tiempos, es cuanto semejante cabe con el del centro parlamentario que enjendró la union liberal.
La union liberal, y en esto coincido de todo punto con el sentido de los Sres. Nocedal y Estéban Collantes, la union liberal fué quien, moralmente primero, como materialmente despues, precipitó con torpe egoismo é ingratitud insigne la ruina del Trono y de la dinastía de Doña Isabel II de Borbon. Y la precipitó moralmente, porque en la hora en que apareció, arrastrada por la codicia del mando, impidió que se consumara la obra de aquellas Constituyentes y que se formaran los dos partidos, el radical y el conservador, indispensables para la ponderacion y el equilibrio de las Monarquías constitucionales, aspirando á vincular en sí el poder con la proscripcion de los progresistas y con la relegacion de los moderados, é impeliendo al partido liberal con la ciega fuerza de los obstáculos tradicionales á salirse de la legalidad existente y á buscar por la conspiracion el derecho y el poder que por medios de paz se le hicieron inasequibles.
Pues cosa análoga representa el Sr. Sagasta, y de semejante peligro está amenazada la actual Monarquía si se llega á constituir ese partido ''neutro'', sin sentido, sin aspiraciones propias, que toma su nombre al partido radical, y sus ideas al partido conservador. Y si no llegan á formarse los dos partidos que el régimen constitucional exige, quedará verdaderamente en el aire, y no tardará en precipitarse al abismo abierto, por las fuerzas democráticas del siglo, á todos los poderes permanentes é inamovibles, la dinastía que habeis levantado más parece en vuestra pró y codicia de imperio que en bien y prosperidad de la Pátria.
A los extremos de esta situacion politica, Sres. Diputados, se hallan dos partidos: el tradicionalista y el republicano, á que yo tengo la honra de pertenecer. Aquel os dice: «mirad que no teneis ideal para la vida, que careceis de principios morales que sirvan de freno á las pasiones políticas y de norte á las aspiraciones sociales; reparad que la virtud ética del derecho se ha perdido, y es en balde que la busqueis con el solo auxilio de la razon: ved que teneis á la mano, y esculpida en letras divinas, la ley de salvacion, y que solo necesitais un sencillo y natural impulso, más que de la cabeza, del corazon, para redimiros de todos los males y librar del satánico maleficio del liberalismo á la sociedad presente, que, en suma, habeis de optar entre el antiguo régimen y la demagogia, ó como gráficamente se ha dicho, entre D. Cárlos y el petróleo.»
Si estas palabras con que terminaba su discurso el Sr. Nocedal, no pasan de ser una figura que ni esperanza presta ni temor inspira á una generacion revolucionaria, el sentido que en sus afirmaciones envolvia revelaba, sin duda, que la interna virtud ética del ideal antiguo no anima ya á la sociedad presente, que otro rumbo sigue y á otros principios obedece en su vida.
Del lado acá del antiguo régimen, y marcando el derrotero del movimiento revolucionario, nosotros os decimos: «mirad; el viejo ideal se derrumba, los síntomas que ofrecia, no solo son de muerte, sino, en parte, de corrupcion; y es en balde que volvais la vista atrás para dirigir la vida que sigue indefectiblemente la ley del progreso; solo inspirándoos en los principios funda-<noinclude></noinclude>
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Y así se ve, señores, con ocasion de este debate, el singular fenómeno de que un solo progresista histórico lleve la voz del Gobierno con las aspiraciones y el sentido y la manera que habeis visto esta tarde, y que dos unionistas de alta significacion, de gran talento y de profundas ideas, cuya inspiracion busca sin duda el Ministerio actual, los Sres. Moreno Nieto y Cánovas, sean los encargados de defender su política en esta cuestion de tan capital trascendencia. ¿No os dice esto, señores, que toda la política que el actual Gabinete representa, va gravitando con peso irresistible hácia el Sr. Cánovas, el cual ha debido encontrar una esperanza más inmediata y accesible que el Príncipe Alfonso para sus ideas conservadoras, tenazmente hostiles al título I de la Constitucion? Pero hay otra cosa aun más digna de notarse en esta evolucion, que ya no es latente, sino palpable, y de la cual resulta que al estrechar el Sr. Ministro de la Gobernacion la mano al Sr. Cánovas, dándole las gracias por ser el patrono de su política y encargado de llevar la voz en turno de preferencia, ofrece el respetuoso homenage de los progresistas históricos al más fiel representante del espíritu doctrinario, que ha renegado siempre hasta ahora de la Constitucion de 1869. ¿Podrá mantener así su consecuencia el Sr. Ministro de la Gobernacion? Yo nо lo sé; lo juzgará el país, porque el fallo de las Córtes en este punto, como de partido tomado ya, no sé si inspira toda la plena confianza que para juzgar las tendencias del Gobierno se necesita.
El hecho más trascendental á que me refiero es el obstáculo que consciente ó inconscientemente oponen con su evolucion los progresistas históricos, que nunca tuvieron la dicha de ser bastante hábiles para afirmar la libertad, y siempre tuvieron la desgracia de perderla por sus disensiones á la constitucion del partido radical de un lado, pretendiendo desmembrarlo, y del partido conservador de otro, usurpándole el criterio de su política Hé ahí el movimiento, verdaderamente grave en este sentido, representado por el actual Presidente de la Cámara, que, con la diferencia propia del progreso de los tiempos, es cuanto semejante cabe con el del centro parlamentario que enjendró la union liberal.
La union liberal, y en esto coincido de todo punto con el sentido de los Sres. Nocedal y Estéban Collantes, la union liberal fué quien, moralmente primero, como materialmente despues, precipitó con torpe egoismo é ingratitud insigne la ruina del Trono y de la dinastía de Doña Isabel II de Borbon. Y la precipitó moralmente, porque en la hora en que apareció, arrastrada por la codicia del mando, impidió que se consumara la obra de aquellas Constituyentes y que se formaran los dos partidos, el radical y el conservador, indispensables para la ponderacion y el equilibrio de las Monarquías constitucionales, aspirando á vincular en sí el poder con la proscripcion de los progresistas y con la relegacion de los moderados, é impeliendo al partido liberal con la ciega fuerza de los obstáculos tradicionales á salirse de la legalidad existente y á buscar por la conspiracion el derecho y el poder que por medios de paz se le hicieron inasequibles.
Pues cosa análoga representa el Sr. Sagasta, y de semejante peligro está amenazada la actual Monarquía si se llega á constituir ese partido ''neutro'', sin sentido, sin aspiraciones propias, que toma su nombre al partido radical, y sus ideas al partido conservador. Y si no llegan á formarse los dos partidos que el régimen constitucional exige, quedará verdaderamente en el aire, y no tardará en precipitarse al abismo abierto, por las fuerzas democráticas del siglo, á todos los poderes permanentes é inamovibles, la dinastía que habeis levantado más parece en vuestra pró y codicia de imperio que en bien y prosperidad de la Pátria.
A los extremos de esta situacion politica, Sres. Diputados, se hallan dos partidos: el tradicionalista y el republicano, á que yo tengo la honra de pertenecer. Aquel os dice: «mirad que no teneis ideal para la vida, que careceis de principios morales que sirvan de freno á las pasiones políticas y de norte á las aspiraciones sociales; reparad que la virtud ética del derecho se ha perdido, y es en balde que la busqueis con el solo auxilio de la razon: ved que teneis á la mano, y esculpida en letras divinas, la ley de salvacion, y que solo necesitais un sencillo y natural impulso, más que de la cabeza, del corazon, para redimiros de todos los males y librar del satánico maleficio del liberalismo á la sociedad presente, que, en suma, habeis de optar entre el antiguo régimen y la demagogia, ó como gráficamente se ha dicho, entre D. Cárlos y el petróleo.»
Si estas palabras con que terminaba su discurso el Sr. Nocedal, no pasan de ser una figura que ni esperanza presta ni temor inspira á una generacion revolucionaria, el sentido que en sus afirmaciones envolvia revelaba, sin duda, que la interna virtud ética del ideal antiguo no anima ya á la sociedad presente, que otro rumbo sigue y á otros principios obedece en su vida.
Del lado acá del antiguo régimen, y marcando el derrotero del movimiento revolucionario, nosotros os decimos: «mirad; el viejo ideal se derrumba, los síntomas que ofrecia, no solo son de muerte, sino, en parte, de corrupcion; y es en balde que volvais la vista atrás para dirigir la vida que sigue indefectiblemente la ley del progreso; solo inspirándoos en los principios funda-<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>vador, que descontenta de las novedades que en la vida pública de nuestra sociedad y en la organizacion del Estado ha introducido la Constitucion, y entendiendo que los derechos por ella consagrados son la base del edificio cuya pobre Corona representa un Monarca,
pretendido fundador de una dinastía, para lo cual pasaron ya los tiempos; y comprendiendo que para combatir el título I de la Constitucion era necesario imponer un Príncipe que tuviera otra representacion, otras tradiciones, que llevara, en fin, la enseña del antiguo régimen; al ver que en la embriogenia de los partidos
gubernamentales, no bien deslindados aún los campos, se ha separado de los radicales una parcialidad que yo entiendo exigua, más que por el número, por su representacion, por sus ideas, se ha apercibido aquella experta fraccion conservadora de que un nuevo y más llano camino se abria á su política, de la cual estaba ganoso de dar muestras señaladas el Gobierno que ha venido á sustituir al Ministerio radical en hombros de los carlistas, y ha dicho para sí: «no necesitamos ya buscar un Príncipe que represente nuestras tendencias, lo tenemos en casa; no necesitamos trastornar, esta sociedad, no hemos de provocar una nueva revolucion, no hemos de
acudir al ejército que tantos motines ha hecho, para que haga una restauracion más; suavemente, por el plano inclinado que el actual Ministerio nos ofrece, nosotros somos los que podemos, los que hemos de venir á representar dentro de esta Monarquía (que ''dinastía'' jamás), el sentido, el espíritu conservador, salvando
el riesgo á que otros medios nos expondrian de ser pasados por ojo en una nueva tormenta revolucionaria, á cuyo término apareciera como iris de paz la república.»
Y así se ve, señores, con ocasion de este debate, el singular fenómeno de que un solo progresista histórico lleve la voz del Gobierno con las aspiraciones y el sentido y la manera que habeis visto esta tarde, y que dos unionistas de alta significacion, de gran talento y de profundas ideas, cuya inspiracion busca sin duda el Ministerio actual, los Sres. Moreno Nieto y Cánovas, sean los encargados de defender su política en esta cuestion de tan capital trascendencia. ¿No os dice esto, señores, que toda la política que el actual Gabinete representa, va gravitando con peso irresistible hácia el Sr. Cánovas, el cual ha debido encontrar una esperanza más inmediata y accesible que el Príncipe Alfonso para sus ideas conservadoras, tenazmente hostiles al título I de la Constitucion? Pero hay otra cosa aun más digna de notarse en esta evolucion, que ya no es latente, sino palpable, y de la cual resulta que al estrechar el Sr. Ministro de la Gobernacion la mano al Sr. Cánovas, dándole las gracias por ser el patrono de su política y encargado de llevar la voz en turno de preferencia, ofrece el respetuoso homenage de los progresistas históricos al más fiel representante del espíritu doctrinario, que ha renegado siempre hasta ahora de la Constitucion de 1869. ¿Podrá mantener así su consecuencia el Sr. Ministro de la Gobernacion? Yo nо lo sé; lo juzgará el país, porque el fallo de las Córtes en este punto, como de partido tomado ya, no sé si inspira toda la plena confianza que para juzgar las tendencias del Gobierno se necesita.
El hecho más trascendental á que me refiero es el obstáculo que consciente ó inconscientemente oponen con su evolucion los progresistas históricos, que nunca tuvieron la dicha de ser bastante hábiles para afirmar la libertad, y siempre tuvieron la desgracia de perderla por sus disensiones á la constitucion del partido radical de un lado, pretendiendo desmembrarlo, y del partido conservador de otro, usurpándole el criterio de su política. Hé ahí el movimiento, verdaderamente grave en este sentido, representado por el actual Presidente de la Cámara, que, con la diferencia propia del progreso de los tiempos, es cuanto semejante cabe con el del centro parlamentario que enjendró la union liberal.
La union liberal, y en esto coincido de todo punto con el sentido de los Sres. Nocedal y Estéban Collantes, la union liberal fué quien, moralmente primero, como materialmente despues, precipitó con torpe egoismo é ingratitud insigne la ruina del Trono y de la dinastía de Doña Isabel II de Borbon. Y la precipitó moralmente, porque en la hora en que apareció, arrastrada por la codicia del mando, impidió que se consumara la obra de aquellas Constituyentes y que se formaran los dos partidos, el radical y el conservador, indispensables para la ponderacion y el equilibrio de las Monarquías constitucionales, aspirando á vincular en sí el poder con la proscripcion de los progresistas y con la relegacion de los moderados, é impeliendo al partido liberal con la ciega fuerza de los obstáculos tradicionales á salirse de la legalidad existente y á buscar por la conspiracion el derecho y el poder que por medios de paz se le hicieron inasequibles.
Pues cosa análoga representa el Sr. Sagasta, y de semejante peligro está amenazada la actual Monarquía si se llega á constituir ese partido ''neutro'', sin sentido, sin aspiraciones propias, que toma su nombre al partido radical, y sus ideas al partido conservador. Y si no llegan á formarse los dos partidos que el régimen constitucional exige, quedará verdaderamente en el aire, y no tardará en precipitarse al abismo abierto, por las fuerzas democráticas del siglo, á todos los poderes permanentes é inamovibles, la dinastía que habeis levantado más parece en vuestra pró y codicia de imperio que en bien y prosperidad de la Pátria.
A los extremos de esta situacion politica, Sres. Diputados, se hallan dos partidos: el tradicionalista y el republicano, á que yo tengo la honra de pertenecer. Aquel os dice: «mirad que no teneis ideal para la vida, que careceis de principios morales que sirvan de freno á las pasiones políticas y de norte á las aspiraciones sociales; reparad que la virtud ética del derecho se ha perdido, y es en balde que la busqueis con el solo auxilio de la razon: ved que teneis á la mano, y esculpida en letras divinas, la ley de salvacion, y que solo necesitais un sencillo y natural impulso, más que de la cabeza, del corazon, para redimiros de todos los males y librar del satánico maleficio del liberalismo á la sociedad presente, que, en suma, habeis de optar entre el antiguo régimen y la demagogia, ó como gráficamente se ha dicho, entre D. Cárlos y el petróleo.»
Si estas palabras con que terminaba su discurso el Sr. Nocedal, no pasan de ser una figura que ni esperanza presta ni temor inspira á una generacion revolucionaria, el sentido que en sus afirmaciones envolvia revelaba, sin duda, que la interna virtud ética del ideal antiguo no anima ya á la sociedad presente, que otro rumbo sigue y á otros principios obedece en su vida.
Del lado acá del antiguo régimen, y marcando el derrotero del movimiento revolucionario, nosotros os decimos: «mirad; el viejo ideal se derrumba, los síntomas que ofrecia, no solo son de muerte, sino, en parte, de corrupcion; y es en balde que volvais la vista atrás para dirigir la vida que sigue indefectiblemente la ley del progreso; solo inspirándoos en los principios funda-<noinclude></noinclude>
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Página:Defensa de la Internacional - Parte 1 (26-10-71), Nicolás Salmerón.pdf/6
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>Pues bien; el partido republicano, que habia dado treguas á la satisfaccion de sus tendencias y aspiraciones sociales por dejar tiempo á la consolidacion de las reformas políticas, y que hasta ha querido demostrar cómo practicando sinceramente el título I de la Constitucion con un criterio radical, sabe atestiguar su profundo respeto, no solo á la ley, sino á las autoridades constituidas, aunque la organizacion de los poderes públicos no corresponde á sus principios; el partido republicano, repito, que ha guardado silencio en las cuestiones sociales hasta el punto de parecer que las tenia relegadas al olvido, se huelga grandemente de que hayan sido los conservadores quienes le ofrezcan ocasion propicia para manifestar que abriga, sin excepcion de ninguno de sus indivíduos, el firme propósito de servir á la emancipacion social del cuarto Estado, sin el cual quedaria reducida su mision á una mera reforma política, que aun cuando de trascendencia suma, está lejos de satisfacer por sí sola el ideal de la justicia.
Y entro con esto en la cuestion que actualmente se debate.
Aparte, Sres. Diputados, de una pequeña é insignificante cuestion de actualidad, por más que en estos Cuerpos alcancen soberana importancia y parezca como que en último término deciden del porvenir inmediato de los Estados y de la ventura de las naciones; aparte esto que yo no vacilo en llamar mezquina tendencia en la proposicion que se discute, con la cual se pretende obtener un voto de confianza para un Ministerio que se llama radical, preparado por los conservadores, apoyado por los moderados y casi bendecido por los tradicionalistas, lo que debatimos es ni más ni menos el derecho que existe por la Constitucion del Estado para promover y plantear la reforma de todas las instituciones sociales bajo el amparo de la legalidad vigente; y es nada menos que ese para vosotros pavoroso problema lo que ha traido al Parlamento la interpelacion del señor Jove y Hévia.
Y como si se quisiera cortar por sorpresa la cabeza á este gigante para librar de su espanto á las clases conservadoras, se estiman todos los medios justos y todos los procedimientos aceptables: ya restringir con una torcida interpretacion los derechos individuales, ya imponer al poder judicial una interpretacion del Código, ya dictar una ley de proscripcion, como si la prioridad del derecho á la renovacion social hubiera de ceder al egoismo de las clases conservadoras.
Mas la cuestion existe, y es en vano negarla, aunque lográrais exterminar á los hombres que la sustentan. Discutámosla desentrañando lo que significa, y examinando luego su relacion con el derecho positivo determinado en la Constitucion y en el Código penal; pero indicando, cual á legisladores cumple, el criterio con que ha de aplicarse á una ley orgánica el precepto constitucional.
Viendo el Sr. Ministro de la Gobernacion que la cuestion tenia toda esta trascendencia, y no teniendo al parecer un criterio claro y perfectamente definido, vaciló en su pensamiento y en su conducta, y declaró primero que la ''Internacional'' estaba fuera de la Constitucion y dentro del Código, y luego, aconsejado por el señor Escosura, y finalmente aleccionado por el Sr. Alonso Martinez, reconoció que era preciso traer un proyecto de ley para acabar con aquella asociacion.
Como en el curso de la discusion se ha visto, el sentido y el criterio de este Gabinete, que se dice radical, es el sentido y el criterio del Sr. Alonso Martinez, quien de tres años á esta parte viene consagrando una actividad infatigable á pugar contra los derechos reconocidos en el título I de la Constitucion.
Y claro está; como por su especial situacion se encontraba el Gobierno en la necesidad imprescindible de autorizarse con un voto de confianza, para poder decir ante el país y ante otros poderes del Estado: atengo el apoyo del Parlamento, porque represento sus aspiraciones y tendencias, de aquí aquellas contradicciones primero, y luego otras afirmaciones que no puedo calificar sino de contumelias parlamentarias. (''Rumores''.) (Si se ignora la palabra, en el ''Diccionario de la Lengua'' está.) (''Murmullos''.) De aquí, repito, aquellas afirmaciones verdaderamente inaudibles en un Parlamento, de eliminar los votos de los carlistas y anular los de los republicanos. Restar los votos de los carlistas, y no sumar los votos de los republicanos, era verdaderamente una ofensa al régimen representativo, á la soberanía nacional, á la dignidad de los Sres. Diputados; y contra eso, no solo protesto, sino que exijo al Ministro de la Gobernacion, ó que confirme su aserto para ver lo que me cumple hacer, ó que lo retire, que en ello no están interesados solo los Diputados republicanos, como tales, ni los tradicionalistas por la mera representacion de su partido, mas estamos todos igualmente interesados, como representantes de la Nacion, porque con ese criterio, mañana vendrian otros, quién sabe si republicanos, que dirian: «Nosotros no sumamos los votos de los monárquicos,» llegando así á tener Gobiernos de partido, no del país. Es necesario que en este punto haga el Sr. Ministro de la Gobernacion una declaracion terminante, y hasta que la obtenga de S. S. no dejaré de exigírsela, apelando á cuantos medios me ofrezca el Reglamento.
Señor Presidente, estoy en extremo fatigado, más á causa del estado de mi salud, que por el esfuerzo hasta ahora hecho; si S. S. me permitiera algunos minutos de descanso, consultando á la Cámara, se lo agradeceria.
El Sr. '''PRESIDENTE''': Se suspende por diez minutos la sesion.»
Eran las cinco y media.
{{línea|8em|e=1em}}
A las seis menos cuarto, dijo
El Sr. '''PRESIDENTE''': Continúa la sesion, y el señor Salmeron en el uso de la palabra.
El Sr. '''SALMERON''': Señores Diputados, antes de proseguir en mi discurso, como quiera que hayan podido interpretarse el tono y el sentido, no las palabras, que todas y cada una de ellas las sostengo, de manera que pudiera herir alguna susceptibilidad personal, yo declaro que quizá por inexperiencia parlamentaria y por mi costumbre de llamar las cosas por su nombre ha podido suceder que el tono ó la expresion se creyeran contrarios á las conveniencias parlamentarias.
Si así ha sido, yo desde luego declaro que nada ha estado más lejos de mi ánimo que faltar á esas conveniencias, que son el amparo del respeto debido á la dignidad de los demás, dignidad que estimo siempre en tanto como estimo la mia. Me importa hacer esta declaracion, porque alguna voz ha llegado hasta mí y me ha dado á entender que se ha podido interpretar el tono de mis expresiones como poco atemperado á las formas del Parlamento.
Viniendo á la cuestion que se debate, se ofrecen á la consideracion dos términos, como los tiene siempre todo juicio, y términos complejos como los que existon en todo juicio jurídico. Trátase de pronunciar, mediante un<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>Pues bien; el partido republicano, que habia dado treguas á la satisfaccion de sus tendencias y aspiraciones sociales por dejar tiempo á la consolidacion de las reformas políticas, y que hasta ha querido demostrar cómo practicando sinceramente el título I de la Constitucion con un criterio radical, sabe atestiguar su profundo respeto, no solo á la ley, sino á las autoridades constituidas, aunque la organizacion de los poderes públicos no corresponde á sus principios; el partido republicano, repito, que ha guardado silencio en las cuestiones sociales hasta el punto de parecer que las tenia relegadas al olvido, se huelga grandemente de que hayan sido los conservadores quienes le ofrezcan ocasion propicia para manifestar que abriga, sin excepcion de ninguno de sus indivíduos, el firme propósito de servir á la emancipacion social del cuarto Estado, sin el cual quedaria reducida su mision á una mera reforma política, que aun cuando de trascendencia suma, está lejos de satisfacer por sí sola el ideal de la justicia.
Y entro con esto en la cuestion que actualmente se debate.
Aparte, Sres. Diputados, de una pequeña é insignificante cuestion de actualidad, por más que en estos Cuerpos alcancen soberana importancia y parezca como que en último término deciden del porvenir inmediato de los Estados y de la ventura de las naciones; aparte esto que yo no vacilo en llamar mezquina tendencia en la proposicion que se discute, con la cual se pretende obtener un voto de confianza para un Ministerio que se llama radical, preparado por los conservadores, apoyado por los moderados y casi bendecido por los tradicionalistas, lo que debatimos es ni más ni menos el derecho que existe por la Constitucion del Estado para promover y plantear la reforma de todas las instituciones sociales bajo el amparo de la legalidad vigente; y es nada menos que ese para vosotros pavoroso problema lo que ha traido al Parlamento la interpelacion del señor Jove y Hévia.
Y como si se quisiera cortar por sorpresa la cabeza á este gigante para librar de su espanto á las clases conservadoras, se estiman todos los medios justos y todos los procedimientos aceptables: ya restringir con una torcida interpretacion los derechos individuales, ya imponer al poder judicial una interpretacion del Código, ya dictar una ley de proscripcion, como si la prioridad del derecho á la renovacion social hubiera de ceder al egoismo de las clases conservadoras.
Mas la cuestion existe, y es en vano negarla, aunque lográrais exterminar á los hombres que la sustentan. Discutámosla desentrañando lo que significa, y examinando luego su relacion con el derecho positivo determinado en la Constitucion y en el Código penal; pero indicando, cual á legisladores cumple, el criterio con que ha de aplicarse á una ley orgánica el precepto constitucional.
Viendo el Sr. Ministro de la Gobernacion que la cuestion tenia toda esta trascendencia, y no teniendo al parecer un criterio claro y perfectamente definido, vaciló en su pensamiento y en su conducta, y declaró primero que la ''Internacional'' estaba fuera de la Constitucion y dentro del Código, y luego, aconsejado por el señor Escosura, y finalmente aleccionado por el Sr. Alonso Martinez, reconoció que era preciso traer un proyecto de ley para acabar con aquella asociacion.
Como en el curso de la discusion se ha visto, el sentido y el criterio de este Gabinete, que se dice radical, es el sentido y el criterio del Sr. Alonso Martinez, quien de tres años á esta parte viene consagrando una actividad infatigable á pugnar contra los derechos reconocidos en el título I de la Constitucion.
Y claro está; como por su especial situacion se encontraba el Gobierno en la necesidad imprescindible de autorizarse con un voto de confianza, para poder decir ante el país y ante otros poderes del Estado: atengo el apoyo del Parlamento, porque represento sus aspiraciones y tendencias, de aquí aquellas contradicciones primero, y luego otras afirmaciones que no puedo calificar sino de contumelias parlamentarias. (''Rumores''.) (Si se ignora la palabra, en el ''Diccionario de la Lengua'' está.) (''Murmullos''.) De aquí, repito, aquellas afirmaciones verdaderamente inaudibles en un Parlamento, de eliminar los votos de los carlistas y anular los de los republicanos. Restar los votos de los carlistas, y no sumar los votos de los republicanos, era verdaderamente una ofensa al régimen representativo, á la soberanía nacional, á la dignidad de los Sres. Diputados; y contra eso, no solo protesto, sino que exijo al Ministro de la Gobernacion, ó que confirme su aserto para ver lo que me cumple hacer, ó que lo retire, que en ello no están interesados solo los Diputados republicanos, como tales, ni los tradicionalistas por la mera representacion de su partido, mas estamos todos igualmente interesados, como representantes de la Nacion, porque con ese criterio, mañana vendrian otros, quién sabe si republicanos, que dirian: «Nosotros no sumamos los votos de los monárquicos,» llegando así á tener Gobiernos de partido, no del país. Es necesario que en este punto haga el Sr. Ministro de la Gobernacion una declaracion terminante, y hasta que la obtenga de S. S. no dejaré de exigírsela, apelando á cuantos medios me ofrezca el Reglamento.
Señor Presidente, estoy en extremo fatigado, más á causa del estado de mi salud, que por el esfuerzo hasta ahora hecho; si S. S. me permitiera algunos minutos de descanso, consultando á la Cámara, se lo agradeceria.
El Sr. '''PRESIDENTE''': Se suspende por diez minutos la sesion.»
Eran las cinco y media.
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El Sr. '''PRESIDENTE''': Continúa la sesion, y el señor Salmeron en el uso de la palabra.
El Sr. '''SALMERON''': Señores Diputados, antes de proseguir en mi discurso, como quiera que hayan podido interpretarse el tono y el sentido, no las palabras, que todas y cada una de ellas las sostengo, de manera que pudiera herir alguna susceptibilidad personal, yo declaro que quizá por inexperiencia parlamentaria y por mi costumbre de llamar las cosas por su nombre ha podido suceder que el tono ó la expresion se creyeran contrarios á las conveniencias parlamentarias.
Si así ha sido, yo desde luego declaro que nada ha estado más lejos de mi ánimo que faltar á esas conveniencias, que son el amparo del respeto debido á la dignidad de los demás, dignidad que estimo siempre en tanto como estimo la mia. Me importa hacer esta declaracion, porque alguna voz ha llegado hasta mí y me ha dado á entender que se ha podido interpretar el tono de mis expresiones como poco atemperado á las formas del Parlamento.
Viniendo á la cuestion que se debate, se ofrecen á la consideracion dos términos, como los tiene siempre todo juicio, y términos complejos como los que existon en todo juicio jurídico. Trátase de pronunciar, mediante un<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>man y presumen supernaturales; pero no hay ciertamente apóstoles ni mártires que den con su vida el testimonio de su fé. (''El Sr. Nocedal (D. Ramon''): ¿Y las misiones?) Tienen las misiones una razon muy distinta de ser: que no me provoquen los tradicionalistas á esta discusion, porque acaso pudiera demostrarles que los misioneros no hacen más que cumplir como los del Japon aquel principio no cristiano, sino anticristiano, de los jesuitas: ''perinde ac cadaver''. La religion convertida en medio político, muestra la decadencia irremediable de la fé dogmática. Por más que pretendais negarlo, es un principio de vida, del cual os da testimonio toda la historia, y del que no pocos en la sociedad presente pueden ofrecerlo auténtico; que cuando se llega á perder la fé en una religion positiva, no se restaura jamás.
Acontece con la fé como con la virginidad, permitidme la comparacion, que una vez perdida no se recobra. Pero así como cuando la virginidad se pierde con la santidad del matrimonio, se adquiere una cosa que vale más que ella, que es superior á ella, la maternidad, alcanzando la plenitud de la persona humana... (''Risas'') ¡Qué! ¿Os reís? Si creeis que perdida la fé por el hombre no queda absolutamente en su conciencia ningun principio salvador, teneis que caer en el ateismo ó refugiaros bajo la bandera del Sr. Nocedal.
Os decia, Sres. Diputados, que se adquiere una cosa más alta que la fé dogmática mediante el esfuerzo y el trabajo del hombre, que es la conviccion racional en el órden supremo de la realidad y de la vida. Que existe al presente esa tremenda lucha entre lo que el Sr. Nocedal llamaba el filosofismo y las religiones positivas, es indudable; y que dogma revelado que se discute queda herido de muerte, es verdad inconcusa. Por este camino ha llegado á divorciarse el pensamiento moderno de los principios tradicionalmente creidos por la Iglesia católica, hasta el punto de llevar aquel una tendencia dominante á la negacion de todo lo trascendental, y de condenar ésta por impíos todos los adelantos de la civilizacion contemporánea y aun el progreso mismo que como ley de la humanidad proclama. En esta profunda crisis que tantas alternativas ofrece, un hecho definitivo se afirma, el progreso: la sociedad, que comienza á regirse por los principios de la razon comun humana, y donde el Estado no se ha sobrepuesto á la Iglesia, ha recabado al menos la plenitud de su soberanía.
Ahora bien, Sres. Diputados; en esta situacion todos reconocemos, y notad que busco solo los términos comunes para apoyar mi razonamiento, que la antigua organizacion social, rota en pedazos, no puede reconstituirse con la mera representacion del poder público, por más que quieran sublimarlo en el mayestático imperio de los principios, ya por otra parte incompatible con la soberanía de los pueblos. Buscando un nuevo principio para regir las nuevas relaciones de la vida, porque sin regla, sin ley, es de todo punto imposible vivir racionalmente, y en la necesidad de que sea universalmente reconocido y aceptado, no se halla otro más inmediato y accesible que aquel que lleva el hombre en sí, en la unidad de su naturaleza, y que la voz de la conciencia en todos dicta. De aquí que se pretenda erigir, como los autores de la Constitucion vigente en parte han hecho, en principio de todas las relaciones sociales la individualidad humana, consagrando la fórmula que no es ya privativa de los científicos, que los políticos repiten, que circula por la plaza pública y que no debe sorprender á los legisladores, de que lo inmanente, que tiene su raíz y principio lisa y llanamente en la naturaleza individual humana, ha de sustituir á lo trascendental que se impone al hombre por la fé. Se ha vivido segun lo trascendental: hoy se nos anuncia con un nuevo sentido, con nuevas aspiraciones, con un nuevo Código jurídico, artístico, científico, moral, ya que religioso en este ideal no cabe todavia. Partiendo el hombre de la nuda individualidad, busca en la mera relacion de indivíduos la forma de su libertad, la ley de su derecho, el principio de la organizacion social.
¿Es extraño que cuando este movimiento social que no nace acá ó allá, sino que está en el espíritu comun de la sociedad presente, hasta en los mismos que lo pretenden negar en absoluto; es extraño, repito, que al ver que no quedan sino restos, cenizas y escombros del antiguo edificio social, se intente reorganizarlo bajo el nuevo principio? ¿Quién ha destruido el antiguo ideal? La clase media. ¿Quién trata de sacar los antiguos escombros y echar los cimientos del nuevo edificio? Es el cuarto Estado, son vuestros legítimos sucesores: ellos han aprendido de vosotros á perder la fé en lo sobrenatural, y ellos, que no pueden vivir en medio de la general disolucion del antiguo régimen, sin principio, ni ley, ni regla de conducta moral, aspiran á formar conciencia de su mision para realizarlas en la vida. No tienen educacion, porque no se la habeis dado; no tienen medios para levantarse desde el fondo de su conciencia hasta el conocimiento racional del órden divino del mundo; buscan las bases de una nueva comunion social. ¿Cuál será la cúpula de este nuevo edificio? Ellos no lo saben; pero vosotros ni siquiera lo presentís.
Ved aquí, Sres. Diputados, cómo con estos términos que son comunes entre los polos más opuestos de la Cámara, puedo afirmar que la ''Internacional'' representa es-tas dos cosas: primero, la ruina, por todos confesada, de la antigua organizacion humana; segundo, el esfuerzo, y no solo el esfuerzo, sino el ensayo de una reorganizacion y reconstitucion social bajo un principio antitėtico del antiguo.
Que esto es así, pudiera fácilmente mostrároslo en todas las relaciones de la vida moral, de la vida artística, de la vida religiosa, de la vida política. ¿Representan otra cosa, por ventura, los llamados derechos individuales? En la misma palabra, ¿no notais ya que el criterio del derecho que actualmente rige es este y solo este, la dignidad del hombre como indivíduo, erigida en principio y fundamento superior á toda ley y á toda expresion del espíritu comun de la Pátria y aun de la humanidad misma? Los derechos individuales son la fiel y genuina consecuencia de este principio y de lo inmanente, que viene riñendo tremenda batalla con lo trascendental, que al presente va de vencida.
Aparte el egoismo de clase y el interés por los bienes materiales, no deben ni pueden asustaros, á no ser que os asusteis de vuestra propia sombra, las aspiraciones de la ''Internacional'' á reconstituir la sociedad bajo el principio de que el hombre solo encuentra la norma de la ley en su autonomía, como sujeto de derecho.
¿Es esto, por ventura, decir que se halla de tal manera perdido el sentido comun del hombre como sér racional, que no quede algo de comun regulador entre sus indivíduos? No; que bajo este principio se estima cada cual á los demás sugetos en la relacion como á sí propio, haciendo norma y criterio de la vida jurídica la dignidad del indivíduo. Y de aquí la expresion que está en todos los labios, y que ha llegado á infiltrarse hasta en las clases conservadoras, de que el derecho de cada<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>man y presumen supernaturales; pero no hay ciertamente apóstoles ni mártires que den con su vida el testimonio de su fé. (''El Sr. Nocedal (D. Ramon''): ¿Y las misiones?) Tienen las misiones una razon muy distinta de ser: que no me provoquen los tradicionalistas á esta discusion, porque acaso pudiera demostrarles que los misioneros no hacen más que cumplir como los del Japon aquel principio no cristiano, sino anticristiano, de los jesuitas: ''perinde ac cadaver''. La religion convertida en medio político, muestra la decadencia irremediable de la fé dogmática. Por más que pretendais negarlo, es un principio de vida, del cual os da testimonio toda la historia, y del que no pocos en la sociedad presente pueden ofrecerlo auténtico; que cuando se llega á perder la fé en una religion positiva, no se restaura jamás.
Acontece con la fé como con la virginidad, permitidme la comparacion, que una vez perdida no se recobra. Pero así como cuando la virginidad se pierde con la santidad del matrimonio, se adquiere una cosa que vale más que ella, que es superior á ella, la maternidad, alcanzando la plenitud de la persona humana... (''Risas'') ¡Qué! ¿Os reís? Si creeis que perdida la fé por el hombre no queda absolutamente en su conciencia ningun principio salvador, teneis que caer en el ateismo ó refugiaros bajo la bandera del Sr. Nocedal.
Os decia, Sres. Diputados, que se adquiere una cosa más alta que la fé dogmática mediante el esfuerzo y el trabajo del hombre, que es la conviccion racional en el órden supremo de la realidad y de la vida. Que existe al presente esa tremenda lucha entre lo que el Sr. Nocedal llamaba el filosofismo y las religiones positivas, es indudable; y que dogma revelado que se discute queda herido de muerte, es verdad inconcusa. Por este camino ha llegado á divorciarse el pensamiento moderno de los principios tradicionalmente creidos por la Iglesia católica, hasta el punto de llevar aquel una tendencia dominante á la negacion de todo lo trascendental, y de condenar ésta por impíos todos los adelantos de la civilizacion contemporánea y aun el progreso mismo que como ley de la humanidad proclama. En esta profunda crisis que tantas alternativas ofrece, un hecho definitivo se afirma, el progreso: la sociedad, que comienza á regirse por los principios de la razon comun humana, y donde el Estado no se ha sobrepuesto á la Iglesia, ha recabado al menos la plenitud de su soberanía.
Ahora bien, Sres. Diputados; en esta situacion todos reconocemos, y notad que busco solo los términos comunes para apoyar mi razonamiento, que la antigua organizacion social, rota en pedazos, no puede reconstituirse con la mera representacion del poder público, por más que quieran sublimarlo en el mayestático imperio de los principios, ya por otra parte incompatible con la soberanía de los pueblos. Buscando un nuevo principio para regir las nuevas relaciones de la vida, porque sin regla, sin ley, es de todo punto imposible vivir racionalmente, y en la necesidad de que sea universalmente reconocido y aceptado, no se halla otro más inmediato y accesible que aquel que lleva el hombre en sí, en la unidad de su naturaleza, y que la voz de la conciencia en todos dicta. De aquí que se pretenda erigir, como los autores de la Constitucion vigente en parte han hecho, en principio de todas las relaciones sociales la individualidad humana, consagrando la fórmula que no es ya privativa de los científicos, que los políticos repiten, que circula por la plaza pública y que no debe sorprender á los legisladores, de que lo inmanente, que tiene su raíz y principio lisa y llanamente en la naturaleza individual humana, ha de sustituir á lo trascendental que se impone al hombre por la fé. Se ha vivido segun lo trascendental: hoy se nos anuncia con un nuevo sentido, con nuevas aspiraciones, con un nuevo Código jurídico, artístico, científico, moral, ya que religioso en este ideal no cabe todavia. Partiendo el hombre de la nuda individualidad, busca en la mera relacion de indivíduos la forma de su libertad, la ley de su derecho, el principio de la organizacion social.
¿Es extraño que cuando este movimiento social que no nace acá ó allá, sino que está en el espíritu comun de la sociedad presente, hasta en los mismos que lo pretenden negar en absoluto; es extraño, repito, que al ver que no quedan sino restos, cenizas y escombros del antiguo edificio social, se intente reorganizarlo bajo el nuevo principio? ¿Quién ha destruido el antiguo ideal? La clase media. ¿Quién trata de sacar los antiguos escombros y echar los cimientos del nuevo edificio? Es el cuarto Estado, son vuestros legítimos sucesores: ellos han aprendido de vosotros á perder la fé en lo sobrenatural, y ellos, que no pueden vivir en medio de la general disolucion del antiguo régimen, sin principio, ni ley, ni regla de conducta moral, aspiran á formar conciencia de su mision para realizarlas en la vida. No tienen educacion, porque no se la habeis dado; no tienen medios para levantarse desde el fondo de su conciencia hasta el conocimiento racional del órden divino del mundo; buscan las bases de una nueva comunion social. ¿Cuál será la cúpula de este nuevo edificio? Ellos no lo saben; pero vosotros ni siquiera lo presentís.
Ved aquí, Sres. Diputados, cómo con estos términos que son comunes entre los polos más opuestos de la Cámara, puedo afirmar que la ''Internacional'' representa estas dos cosas: primero, la ruina, por todos confesada, de la antigua organizacion humana; segundo, el esfuerzo, y no solo el esfuerzo, sino el ensayo de una reorganizacion y reconstitucion social bajo un principio antitėtico del antiguo.
Que esto es así, pudiera fácilmente mostrároslo en todas las relaciones de la vida moral, de la vida artística, de la vida religiosa, de la vida política. ¿Representan otra cosa, por ventura, los llamados derechos individuales? En la misma palabra, ¿no notais ya que el criterio del derecho que actualmente rige es este y solo este, la dignidad del hombre como indivíduo, erigida en principio y fundamento superior á toda ley y á toda expresion del espíritu comun de la Pátria y aun de la humanidad misma? Los derechos individuales son la fiel y genuina consecuencia de este principio y de lo inmanente, que viene riñendo tremenda batalla con lo trascendental, que al presente va de vencida.
Aparte el egoismo de clase y el interés por los bienes materiales, no deben ni pueden asustaros, á no ser que os asusteis de vuestra propia sombra, las aspiraciones de la ''Internacional'' á reconstituir la sociedad bajo el principio de que el hombre solo encuentra la norma de la ley en su autonomía, como sujeto de derecho.
¿Es esto, por ventura, decir que se halla de tal manera perdido el sentido comun del hombre como sér racional, que no quede algo de comun regulador entre sus indivíduos? No; que bajo este principio se estima cada cual á los demás sugetos en la relacion como á sí propio, haciendo norma y criterio de la vida jurídica la dignidad del indivíduo. Y de aquí la expresion que está en todos los labios, y que ha llegado á infiltrarse hasta en las clases conservadoras, de que el derecho de cada<noinclude></noinclude>
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Acontece con la fé como con la virginidad, permitidme la comparacion, que una vez perdida no se recobra. Pero así como cuando la virginidad se pierde con la santidad del matrimonio, se adquiere una cosa que vale más que ella, que es superior á ella, la maternidad, alcanzando la plenitud de la persona humana... (''Risas'') ¡Qué! ¿Os reís? Si creeis que perdida la fé por el hombre no queda absolutamente en su conciencia ningun principio salvador, teneis que caer en el ateismo ó refugiaros bajo la bandera del Sr. Nocedal.
Os decia, Sres. Diputados, que se adquiere una cosa más alta que la fé dogmática mediante el esfuerzo y el trabajo del hombre, que es la conviccion racional en el órden supremo de la realidad y de la vida. Que existe al presente esa tremenda lucha entre lo que el Sr. Nocedal llamaba el filosofismo y las religiones positivas, es indudable; y que dogma revelado que se discute queda herido de muerte, es verdad inconcusa. Por este camino ha llegado á divorciarse el pensamiento moderno de los principios tradicionalmente creidos por la Iglesia católica, hasta el punto de llevar aquel una tendencia dominante á la negacion de todo lo trascendental, y de condenar ésta por impíos todos los adelantos de la civilizacion contemporánea y aun el progreso mismo que como ley de la humanidad proclama. En esta profunda crisis que tantas alternativas ofrece, un hecho definitivo se afirma, el progreso: la sociedad, que comienza á regirse por los principios de la razon comun humana, y donde el Estado no se ha sobrepuesto á la Iglesia, ha recabado al menos la plenitud de su soberanía.
Ahora bien, Sres. Diputados; en esta situacion todos reconocemos, y notad que busco solo los términos comunes para apoyar mi razonamiento, que la antigua organizacion social, rota en pedazos, no puede reconstituirse con la mera representacion del poder público, por más que quieran sublimarlo en el mayestático imperio de los principios, ya por otra parte incompatible con la soberanía de los pueblos. Buscando un nuevo principio para regir las nuevas relaciones de la vida, porque sin regla, sin ley, es de todo punto imposible vivir racionalmente, y en la necesidad de que sea universalmente reconocido y aceptado, no se halla otro más inmediato y accesible que aquel que lleva el hombre en sí, en la unidad de su naturaleza, y que la voz de la conciencia en todos dicta. De aquí que se pretenda erigir, como los autores de la Constitucion vigente en parte han hecho, en principio de todas las relaciones sociales la individualidad humana, consagrando la fórmula que no es ya privativa de los científicos, que los políticos repiten, que circula por la plaza pública y que no debe sorprender á los legisladores, de que lo inmanente, que tiene su raíz y principio lisa y llanamente en la naturaleza individual humana, ha de sustituir á lo trascendental que se impone al hombre por la fé. Se ha vivido segun lo trascendental: hoy se nos anuncia con un nuevo sentido, con nuevas aspiraciones, con un nuevo Código jurídico, artístico, científico, moral, ya que religioso en este ideal no cabe todavia. Partiendo el hombre de la nuda individualidad, busca en la mera relacion de indivíduos la forma de su libertad, la ley de su derecho, el principio de la organizacion social.
¿Es extraño que cuando este movimiento social que no nace acá ó allá, sino que está en el espíritu comun de la sociedad presente, hasta en los mismos que lo pretenden negar en absoluto; es extraño, repito, que al ver que no quedan sino restos, cenizas y escombros del antiguo edificio social, se intente reorganizarlo bajo el nuevo principio? ¿Quién ha destruido el antiguo ideal? La clase media. ¿Quién trata de sacar los antiguos escombros y echar los cimientos del nuevo edificio? Es el cuarto Estado, son vuestros legítimos sucesores: ellos han aprendido de vosotros á perder la fé en lo sobrenatural, y ellos, que no pueden vivir en medio de la general disolucion del antiguo régimen, sin principio, ni ley, ni regla de conducta moral, aspiran á formar conciencia de su mision para realizarlas en la vida. No tienen educacion, porque no se la habeis dado; no tienen medios para levantarse desde el fondo de su conciencia hasta el conocimiento racional del órden divino del mundo; buscan las bases de una nueva comunion social. ¿Cuál será la cúpula de este nuevo edificio? Ellos no lo saben; pero vosotros ni siquiera lo presentís.
Ved aquí, Sres. Diputados, cómo con estos términos que son comunes entre los polos más opuestos de la Cámara, puedo afirmar que la ''Internacional'' representa estas dos cosas: primero, la ruina, por todos confesada, de la antigua organizacion humana; segundo, el esfuerzo, y no solo el esfuerzo, sino el ensayo de una reorganizacion y reconstitucion social bajo un principio antitético del antiguo.
Que esto es así, pudiera fácilmente mostrároslo en todas las relaciones de la vida moral, de la vida artística, de la vida religiosa, de la vida política. ¿Representan otra cosa, por ventura, los llamados derechos individuales? En la misma palabra, ¿no notais ya que el criterio del derecho que actualmente rige es este y solo este, la dignidad del hombre como indivíduo, erigida en principio y fundamento superior á toda ley y á toda expresion del espíritu comun de la Pátria y aun de la humanidad misma? Los derechos individuales son la fiel y genuina consecuencia de este principio y de lo inmanente, que viene riñendo tremenda batalla con lo trascendental, que al presente va de vencida.
Aparte el egoismo de clase y el interés por los bienes materiales, no deben ni pueden asustaros, á no ser que os asusteis de vuestra propia sombra, las aspiraciones de la ''Internacional'' á reconstituir la sociedad bajo el principio de que el hombre solo encuentra la norma de la ley en su autonomía, como sujeto de derecho.
¿Es esto, por ventura, decir que se halla de tal manera perdido el sentido comun del hombre como sér racional, que no quede algo de comun regulador entre sus indivíduos? No; que bajo este principio se estima cada cual á los demás sugetos en la relacion como á sí propio, haciendo norma y criterio de la vida jurídica la dignidad del indivíduo. Y de aquí la expresion que está en todos los labios, y que ha llegado á infiltrarse hasta en las clases conservadoras, de que el derecho de cada<noinclude></noinclude>
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<noinclude><pagequality level="3" user="Repub73" /></noinclude>uno solo tiene por limite el derecho de los demás. No hay ya doctrinario, salvo aquellos que han quedado fieles al vetusto espíritu enseñado por los eclécticos franceses, que no acepte y proclame esta teoria jurídica enseñada por Kant á la generacion presente.
Por esto unos y otros, al preguntar dónde está el límite de los derechos individuales, no saben contestar sino una de estas dos cosas: ó en la coexistencia del derecho de un sugeto con otro, ó en la coexistencia de los derechos del ciudadano con los derechos del Estado, que es el criterio más conservador, ó por mejor decir, reaccionario y evidentemente hostil á los derechos individuales, en que el Sr. Alonso Martinez se inspira. Y al llegar á este punto y reconocer cómo pretenden limitarse ahora los derechos llamados individuales, lo que cumple á quienes pretenden mantener la vieja entidad, el verdadero ídolo del Estado antiguo, segun era entendido y profesado, como el Sr. Alonso Martinez nos decia, desde Aristóteles acá, es declarar qué entienden por el Estado, cuál es el principio de los derechos del Estado, cuál es el fundamento, si lo hay, de que el Estado ponga límites á los derechos individuales. Y para aclarar este punto, que es la base de la conclusion con que ha de cerrarse la discusion presente, yo exigiria del señor Alonso Martinez y de cuantos con S. S. piensan en este punto, señaladamente del Sr. Cánovas, que dijeran qué concepto tienen del Estado, qué es el Estado. ¿Es ser? ¿Es institucion? ¿Es asociacion! ¿Qué es, en suma, y cuál el principio que en el Estado se da para servir de limite á los derechos individuales? Me refiero especialmente á estos dos señores, y no al Sr. Moreno Nieto, cuyo pensamiento será sin duda afin con el de aquellos, porque ya conozco la opinion de S. S. El Congreso, y sobre todo el país, tienen derecho á saber si los que luchan contra el espíritu democrático del Código fundamental, que arranca de la naturaleza del indivíduo, lo hacen en nombre del derecho mismo ó de algo extraño al derecho, porque solo de esta manera es como podremos poner en luz si hay justicia para imponer los límites que estos señores pretenden.
Pero yo que reclamo siempre para mí, y mis amigos políticos me la otorgan, porque no comulgamos con el estrecho vínculo de una iglesia cerrada, la libertad de pensamiento y de accion para no ser un sectario, he de decir lo que en este punto se me alcanza.
Cierto que para mí el nuevo principio de vida de que la ''Internacional'' no es sino una de tantas manifestaciones, no es ni la última palabra de lo que la ciencia del derecho hoy nos enseña, ni lo que puede estimarse como ideal definitivo de las sociedades; mas no vayais á creer por esto que yo pretenda limitar á mi vez los derechos individuales; antes por el contrario, entiendo que tienen un fundamento más alto, que con una inspiracion verdaderamente superior llamaba el Sr. Rios Rosas el derecho divino de los tiempos presentes. Permitidme que os exponga sumariamente mi criterio, ya que tanto se viene discutiendo este punto con ocasion de la ''Internacional''.
Los llamados derechos individuales, para mí con impropiedad de frase, porque no son derechos del individuo, sino del sér y de la naturaleza humana, en cuanto tiene el hombre un fin racional que proseguir y necesita condiciones esenciales para poderlo realizar, los derechos ingénitos, naturales de la personalidad humana, sedan, no en razon de la limitacion en que se constituye el individuo, sino en razon del sér, del hombre mismo que en todos y en cada uno igualmente existe. Por ser los llamados derechos individuales una relacion de la naturaleza humana misma, es por lo que yo los
estimo como derechos en sí absolutos, y porque la naturaleza racional del hombre, en la cual se arraigan y de la cual no son sino la determinacion de la relacion infinita en que el hombre vive en el universo, se dan igualmente en todos los indivíduos sin excepcion, sea cualquiera, como decia muy bien mi querido amigo el
Sr. Castelar, sea cualquiera la familia, sea cualquiera la pátria, sea cualquiera la raza á que cada sugeto pertenezca.
Reivindicar esta unidad comun de la naturaleza racional humana, afirmarla en cada pueblo y en cada indivíduo, es el más alto progreso que se ha cumplido hasta ahora en la historia; y claro es que no pueden llamarse con propiedad individuales los derechos que no se afirman por razon de este é de aquel indivíduo, sino por razon de la dignidad humana. Pues qué, si se afirmaran estos derechos solo por la relacion al indivíduo, ¿cómo habian de ponerse por cima de la existencia de las sociedades y de los Estados, segun el sentido con que hasta ahora se profesan los preceptos del título I de la Constitucion? Pues qué, si solo se afirmaran por ser
derechos del indivíduo, por la llamada autonomía individual, ¿podeis presumir siquiera que se limitara el Estado pura y simplemente á garantirlos? Pues qué, entendido el todo social como formado por mera suma y coleccion de miembros cual si no hubiera más que indivíduos en el mundo, ¿no habia de valer más el todo
que la vida y la existencia de los indivíduos? Si tal fuera, prevaleceria eternamente el principio del pueblo romano: ''Salus populi suprema lex''. Si no se reconociera más que el indivíduo, la personalidad humana desnuda en cada sugeto, entonces la salud del Estado pondria límites á este derecho, porque no reconoceria el sér, la naturaleza racional en cada uno. Y este es precisamente el sentido y la tendencia de que, aun cuando no lo querais confesar, parte siempre toda escuela doctrinaria. Mas la democracia, aunque haya por claridad adoptado el calificativo individual, y á pesar de las diferencias que en el razonamiento podais notar entre los demócratas, es lo cierto que todos afirmamos estos derechos como inherentes á la naturaleza humana sobre toda limitacion entre sugetos, y en este sentido los declaramos derechos absolutos.
Chocábale la expresion de ''absoluto'' al Sr. Alonso Martinez, y arrancaba de una parte de la Cámara el aplauso que me atrevo á considerar por lo menos prematuro, al decir, más con agudeza de ingénio que con rectitud de razon: ¿cómo, si el derecho es relacion, podeis decir que la relacion es absoluta? ¿Pues á tal punto desconoceis hasta la lengua pátria, que ignorais que las palabras relacion y relativo son de una misma estirpe, y que por consiguiente, todo lo que es relacion es relativo? ¡Ah, Sr. Alonso Martinez! Si sobre esto recayera nueva discusion, seria fácil que S. S. reconociera cómo la relacion misma es en su principio necesariamente absoluta, para que pueda darse luego como relacion relativa. Me dice S. S. que no; ¿y qué hace S. S. de la verdad divina que comulga y confiesa? ¿Es por ventura la verdad otra cosa que una relacion de la omnipotente inteligencia que todo lo conoce, con la infinita y universal realidad que ha creado y conserva conforme a su esencia? Pues si esta relacion no es absoluta, ¿dónde queda el sentimiento religioso, el sentido divino que pudiera S. S. llevar á la ciencia ó á la fé creida? Toda relacion firme es una relacion que en su principio tie-<noinclude></noinclude>
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Por esto unos y otros, al preguntar dónde está el límite de los derechos individuales, no saben contestar sino una de estas dos cosas: ó en la coexistencia del derecho de un sugeto con otro, ó en la coexistencia de los derechos del ciudadano con los derechos del Estado, que es el criterio más conservador, ó por mejor decir, reaccionario y evidentemente hostil á los derechos individuales, en que el Sr. Alonso Martinez se inspira. Y al llegar á este punto y reconocer cómo pretenden limitarse ahora los derechos llamados individuales, lo que cumple á quienes pretenden mantener la vieja entidad, el verdadero ídolo del Estado antiguo, segun era entendido y profesado, como el Sr. Alonso Martinez nos decia, desde Aristóteles acá, es declarar qué entienden por el Estado, cuál es el principio de los derechos del Estado, cuál es el fundamento, si lo hay, de que el Estado ponga límites á los derechos individuales. Y para aclarar este punto, que es la base de la conclusion con que ha de cerrarse la discusion presente, yo exigiria del señor Alonso Martinez y de cuantos con S. S. piensan en este punto, señaladamente del Sr. Cánovas, que dijeran qué concepto tienen del Estado, qué es el Estado. ¿Es ser? ¿Es institucion? ¿Es asociacion! ¿Qué es, en suma, y cuál el principio que en el Estado se da para servir de limite á los derechos individuales? Me refiero especialmente á estos dos señores, y no al Sr. Moreno Nieto, cuyo pensamiento será sin duda afin con el de aquellos, porque ya conozco la opinion de S. S. El Congreso, y sobre todo el país, tienen derecho á saber si los que luchan contra el espíritu democrático del Código fundamental, que arranca de la naturaleza del indivíduo, lo hacen en nombre del derecho mismo ó de algo extraño al derecho, porque solo de esta manera es como podremos poner en luz si hay justicia para imponer los límites que estos señores pretenden.
Pero yo que reclamo siempre para mí, y mis amigos políticos me la otorgan, porque no comulgamos con el estrecho vínculo de una iglesia cerrada, la libertad de pensamiento y de accion para no ser un sectario, he de decir lo que en este punto se me alcanza.
Cierto que para mí el nuevo principio de vida de que la ''Internacional'' no es sino una de tantas manifestaciones, no es ni la última palabra de lo que la ciencia del derecho hoy nos enseña, ni lo que puede estimarse como ideal definitivo de las sociedades; mas no vayais á creer por esto que yo pretenda limitar á mi vez los derechos individuales; antes por el contrario, entiendo que tienen un fundamento más alto, que con una inspiracion verdaderamente superior llamaba el Sr. Rios Rosas el derecho divino de los tiempos presentes. Permitidme que os exponga sumariamente mi criterio, ya que tanto se viene discutiendo este punto con ocasion de la ''Internacional''.
Los llamados derechos individuales, para mí con impropiedad de frase, porque no son derechos del individuo, sino del sér y de la naturaleza humana, en cuanto tiene el hombre un fin racional que proseguir y necesita condiciones esenciales para poderlo realizar, los derechos ingénitos, naturales de la personalidad humana, se dan, no en razon de la limitacion en que se constituye el individuo, sino en razon del sér, del hombre mismo que en todos y en cada uno igualmente existe. Por ser los llamados derechos individuales una relacion de la naturaleza humana misma, es por lo que yo los
estimo como derechos en sí absolutos, y porque la naturaleza racional del hombre, en la cual se arraigan y de la cual no son sino la determinacion de la relacion infinita en que el hombre vive en el universo, se dan igualmente en todos los indivíduos sin excepcion, sea cualquiera, como decia muy bien mi querido amigo el
Sr. Castelar, sea cualquiera la familia, sea cualquiera la pátria, sea cualquiera la raza á que cada sugeto pertenezca.
Reivindicar esta unidad comun de la naturaleza racional humana, afirmarla en cada pueblo y en cada indivíduo, es el más alto progreso que se ha cumplido hasta ahora en la historia; y claro es que no pueden llamarse con propiedad individuales los derechos que no se afirman por razon de este é de aquel indivíduo, sino por razon de la dignidad humana. Pues qué, si se afirmaran estos derechos solo por la relacion al indivíduo, ¿cómo habian de ponerse por cima de la existencia de las sociedades y de los Estados, segun el sentido con que hasta ahora se profesan los preceptos del título I de la Constitucion? Pues qué, si solo se afirmaran por ser
derechos del indivíduo, por la llamada autonomía individual, ¿podeis presumir siquiera que se limitara el Estado pura y simplemente á garantirlos? Pues qué, entendido el todo social como formado por mera suma y coleccion de miembros cual si no hubiera más que indivíduos en el mundo, ¿no habia de valer más el todo
que la vida y la existencia de los indivíduos? Si tal fuera, prevaleceria eternamente el principio del pueblo romano: ''Salus populi suprema lex''. Si no se reconociera más que el indivíduo, la personalidad humana desnuda en cada sugeto, entonces la salud del Estado pondria límites á este derecho, porque no reconoceria el sér, la naturaleza racional en cada uno. Y este es precisamente el sentido y la tendencia de que, aun cuando no lo querais confesar, parte siempre toda escuela doctrinaria. Mas la democracia, aunque haya por claridad adoptado el calificativo individual, y á pesar de las diferencias que en el razonamiento podais notar entre los demócratas, es lo cierto que todos afirmamos estos derechos como inherentes á la naturaleza humana sobre toda limitacion entre sugetos, y en este sentido los declaramos derechos absolutos.
Chocábale la expresion de ''absoluto'' al Sr. Alonso Martinez, y arrancaba de una parte de la Cámara el aplauso que me atrevo á considerar por lo menos prematuro, al decir, más con agudeza de ingénio que con rectitud de razon: ¿cómo, si el derecho es relacion, podeis decir que la relacion es absoluta? ¿Pues á tal punto desconoceis hasta la lengua pátria, que ignorais que las palabras relacion y relativo son de una misma estirpe, y que por consiguiente, todo lo que es relacion es relativo? ¡Ah, Sr. Alonso Martinez! Si sobre esto recayera nueva discusion, seria fácil que S. S. reconociera cómo la relacion misma es en su principio necesariamente absoluta, para que pueda darse luego como relacion relativa. Me dice S. S. que no; ¿y qué hace S. S. de la verdad divina que comulga y confiesa? ¿Es por ventura la verdad otra cosa que una relacion de la omnipotente inteligencia que todo lo conoce, con la infinita y universal realidad que ha creado y conserva conforme a su esencia? Pues si esta relacion no es absoluta, ¿dónde queda el sentimiento religioso, el sentido divino que pudiera S. S. llevar á la ciencia ó á la fé creida? Toda relacion firme es una relacion que en su principio tie-<noinclude></noinclude>
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Por esto unos y otros, al preguntar dónde está el límite de los derechos individuales, no saben contestar sino una de estas dos cosas: ó en la coexistencia del derecho de un sugeto con otro, ó en la coexistencia de los derechos del ciudadano con los derechos del Estado, que es el criterio más conservador, ó por mejor decir, reaccionario y evidentemente hostil á los derechos individuales, en que el Sr. Alonso Martinez se inspira. Y al llegar á este punto y reconocer cómo pretenden limitarse ahora los derechos llamados individuales, lo que cumple á quienes pretenden mantener la vieja entidad, el verdadero ídolo del Estado antiguo, segun era entendido y profesado, como el Sr. Alonso Martinez nos decia, desde Aristóteles acá, es declarar qué entienden por el Estado, cuál es el principio de los derechos del Estado, cuál es el fundamento, si lo hay, de que el Estado ponga límites á los derechos individuales. Y para aclarar este punto, que es la base de la conclusion con que ha de cerrarse la discusion presente, yo exigiria del señor Alonso Martinez y de cuantos con S. S. piensan en este punto, señaladamente del Sr. Cánovas, que dijeran qué concepto tienen del Estado, qué es el Estado. ¿Es ser? ¿Es institucion? ¿Es asociacion! ¿Qué es, en suma, y cuál el principio que en el Estado se da para servir de limite á los derechos individuales? Me refiero especialmente á estos dos señores, y no al Sr. Moreno Nieto, cuyo pensamiento será sin duda afin con el de aquellos, porque ya conozco la opinion de S. S. El Congreso, y sobre todo el país, tienen derecho á saber si los que luchan contra el espíritu democrático del Código fundamental, que arranca de la naturaleza del indivíduo, lo hacen en nombre del derecho mismo ó de algo extraño al derecho, porque solo de esta manera es como podremos poner en luz si hay justicia para imponer los límites que estos señores pretenden.
Pero yo que reclamo siempre para mí, y mis amigos políticos me la otorgan, porque no comulgamos con el estrecho vínculo de una iglesia cerrada, la libertad de pensamiento y de accion para no ser un sectario, he de decir lo que en este punto se me alcanza.
Cierto que para mí el nuevo principio de vida de que la ''Internacional'' no es sino una de tantas manifestaciones, no es ni la última palabra de lo que la ciencia del derecho hoy nos enseña, ni lo que puede estimarse como ideal definitivo de las sociedades; mas no vayais á creer por esto que yo pretenda limitar á mi vez los derechos individuales; antes por el contrario, entiendo que tienen un fundamento más alto, que con una inspiracion verdaderamente superior llamaba el Sr. Rios Rosas el derecho divino de los tiempos presentes. Permitidme que os exponga sumariamente mi criterio, ya que tanto se viene discutiendo este punto con ocasion de la ''Internacional''.
Los llamados derechos individuales, para mí con impropiedad de frase, porque no son derechos del individuo, sino del sér y de la naturaleza humana, en cuanto tiene el hombre un fin racional que proseguir y necesita condiciones esenciales para poderlo realizar, los derechos ingénitos, naturales de la personalidad humana, se dan, no en razon de la limitacion en que se constituye el individuo, sino en razon del sér, del hombre mismo que en todos y en cada uno igualmente existe. Por ser los llamados derechos individuales una relacion de la naturaleza humana misma, es por lo que yo los
estimo como derechos en sí absolutos, y porque la naturaleza racional del hombre, en la cual se arraigan y de la cual no son sino la determinacion de la relacion infinita en que el hombre vive en el universo, se dan igualmente en todos los indivíduos sin excepcion, sea cualquiera, como decia muy bien mi querido amigo el
Sr. Castelar, sea cualquiera la familia, sea cualquiera la pátria, sea cualquiera la raza á que cada sugeto pertenezca.
Reivindicar esta unidad comun de la naturaleza racional humana, afirmarla en cada pueblo y en cada indivíduo, es el más alto progreso que se ha cumplido hasta ahora en la historia; y claro es que no pueden llamarse con propiedad individuales los derechos que no se afirman por razon de este ó de aquel indivíduo, sino por razon de la dignidad humana. Pues qué, si se afirmaran estos derechos solo por la relacion al indivíduo, ¿cómo habian de ponerse por cima de la existencia de las sociedades y de los Estados, segun el sentido con que hasta ahora se profesan los preceptos del título I de la Constitucion? Pues qué, si solo se afirmaran por ser
derechos del indivíduo, por la llamada autonomía individual, ¿podeis presumir siquiera que se limitara el Estado pura y simplemente á garantirlos? Pues qué, entendido el todo social como formado por mera suma y coleccion de miembros cual si no hubiera más que indivíduos en el mundo, ¿no habia de valer más el todo
que la vida y la existencia de los indivíduos? Si tal fuera, prevaleceria eternamente el principio del pueblo romano: ''Salus populi suprema lex''. Si no se reconociera más que el indivíduo, la personalidad humana desnuda en cada sugeto, entonces la salud del Estado pondria límites á este derecho, porque no reconoceria el sér, la naturaleza racional en cada uno. Y este es precisamente el sentido y la tendencia de que, aun cuando no lo querais confesar, parte siempre toda escuela doctrinaria. Mas la democracia, aunque haya por claridad adoptado el calificativo individual, y á pesar de las diferencias que en el razonamiento podais notar entre los demócratas, es lo cierto que todos afirmamos estos derechos como inherentes á la naturaleza humana sobre toda limitacion entre sugetos, y en este sentido los declaramos derechos absolutos.
Chocábale la expresion de ''absoluto'' al Sr. Alonso Martinez, y arrancaba de una parte de la Cámara el aplauso que me atrevo á considerar por lo menos prematuro, al decir, más con agudeza de ingénio que con rectitud de razon: ¿cómo, si el derecho es relacion, podeis decir que la relacion es absoluta? ¿Pues á tal punto desconoceis hasta la lengua pátria, que ignorais que las palabras relacion y relativo son de una misma estirpe, y que por consiguiente, todo lo que es relacion es relativo? ¡Ah, Sr. Alonso Martinez! Si sobre esto recayera nueva discusion, seria fácil que S. S. reconociera cómo la relacion misma es en su principio necesariamente absoluta, para que pueda darse luego como relacion relativa. Me dice S. S. que no; ¿y qué hace S. S. de la verdad divina que comulga y confiesa? ¿Es por ventura la verdad otra cosa que una relacion de la omnipotente inteligencia que todo lo conoce, con la infinita y universal realidad que ha creado y conserva conforme a su esencia? Pues si esta relacion no es absoluta, ¿dónde queda el sentimiento religioso, el sentido divino que pudiera S. S. llevar á la ciencia ó á la fé creida? Toda relacion firme es una relacion que en su principio tie-<noinclude></noinclude>
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